Considerando que “las prácticas y pasantías profesionales hacen parte del proceso de aprendizaje y Ie permiten al estudiante intervenir en una realidad específica en su área de estudio, ejercitarse en la aplicación e implementación de los conocimientos adquiridos, con énfasis en los elementos teóricos, metodológicos, técnicos y de investigación, brindados por los programas académicos de la Universidad del Valle”1; se hace necesario tener en cuenta las siguientes directrices institucionales , que permiten definir los procedimientos legales y cumplir los procesos para la realización de las prácticas profesionales.
Son aquellas formas utilizadas para vincular legalmente al estudiante, la entidad contratante y la institución de educación superior, con el fin de formalizar las prácticas profesionales. Se debe tener en cuenta que en cualquiera de los casos se debe realizar la legalización de la vinculación ante la Universidad, mediante la firma y entrega de la documentación pertinente acorde al modo de vinculación.
El contrato de aprendizaje es una forma especial de contratación enfocado a la formación de practicantes, con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que el aprendiz adquiera formación profesional, metódica y completa en el oficio, actividad u ocupación. (Ley 789, 2002).
Por otra parte, se debe tener en cuenta que no es ajustado a derecho suscribir ante la Universidad contratos con fechas retroactivas.
Es un documento que se suscribe entre la Universidad y la Entidad donde se acuerda realizar vinculación de estudiantes como practicantes o pasantes. Este convenio no puede tener una duración mayor a dos años. Para formalizar la vinculación del estudiante a prácticas o pasantías bajo dicho convenio, se deberá suscribir un acta de compromiso entre la Entidad, el estudiante y la universidad, y la duración mínima de esta depende de los requisitos de cada programa académico. (Ley 789, 2002).
Si el estudiante se encuentra actualmente trabajando en una entidad bajo un contrato laboral o de prestación de servicios y quiere que se valide dicha vinculación como práctica profesional, debe ser autorizado mediante documento firmado por el Director del Programa, donde estipule que el contrato es congruente con la formación académica y posteriormente entregar copia del contrato y del certificado de ARL.
Adicionalmente, es importante tener presente los siguientes aspectos:
[1] Documento elaborado con base en: Circular 002-2015 Dirección de Extensión y Educación Continua y Concepto Oficina Jurídica: “Los convenios y contratos no deben contener fechas retroactivas – diferencias entre convenio de pasantía (Acta de Compromiso) vs Monitorias. SAIA 2018-04-23-26026-I”
Minuta de Acta de compromiso estudiantes para Institución Educativa Privada. (estudiante sin auxilio económico) | Ver | ![]() |
Minuta de Acta de compromiso estudiantes para Institución Educativa Privada. (estudiante con pago) | Ver | ![]() |
Minuta de Acta de compromiso estudiantes para Institución Educativa Pública. | Ver | ![]() |
Minuta convenio de práctica y pasantía para Institución Pública. | Ver | ![]() |
Minuta convenio de práctica y pasantía para Institución Privada. | Ver | ![]() |
Minuta convenio de práctica y pasantía modalidad trabajo de grado. | Ver | ![]() |
Minuta de Contrato de Aprendizaje. | Ver | ![]() |
Formato de solicitud afiliación ARL. | Ver | ![]() |
Circular 002 Directrices y Políticas Contratos y Convenios de Práctica.) | Ver | ![]() |
Concepto Jurídico para Formalización de Prácticas y Pasantías. | Ver | ![]() |
Información documentos para suscribir prácticas y pasantías. | Ver | ![]() |
Decreto 055 de 14 de enero de 2015 | Ver | ![]() |
Practica en Univalle Acta de Compromiso | Ver | ![]() |